Publicado el: 6/2/2021 12:00:00 AM por admin

La Comisión Nacional de Energía (CNE) dio a conocer el procedimiento que deben seguir los peticionarios para tramitar las solicitudes de concesiones para generación de energía eléctrica bajo la modalidad de hibridación solar, hidráulica y eólica.

“Este procedimiento que publicamos, es para continuar dando cumplimiento a las responsabilidades atribuidas a la CNE por la Ley General de Electricidad, número 125-01 y la Ley de Incentivo al Desarrollo de Fuentes Renovables de Energía y sus Regímenes  Especiales”, explica el director ejecutivo de la institución, Edward Veras.

El propósito principal de esa normativa es organizar el trámite para ejercer la generación de energía renovable bajo los términos de hibridación y, por consiguiente, acogerse a los incentivos establecidos en la ley, previa demostración de su viabilidad física, técnica, medioambiental y financiera.  

El procedimiento está dirigido a los peticionarios de instalaciones de generación de energía de fuentes primarias renovables que pretendan acceder en Régimen Especial con hibridación, dentro de los cuales están  los interesados obtener una concesión provisional, a quienes tengan una concesión definitiva y pretendan adicionar un nuevo sistema de generación sin la necesidad de modificar el emplazamiento previamente concesionado.

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